Buenos Días,
Estimada:
Prof. Mundarain Vestalia
Ante todo reciba un cordial saludo,
Por medio de la presente le hacemos llegar en anexo Conceptos de Salariaos según la Ley de Trabajo.
Carrera: Relaciones Industriales
Materia: Administracion de Nomina
Sección: 035NA
Materia: Administracion de Nomina
Sección: 035NA
Integrantes:
Angel Quesada C.I: V-20.782.277
Norka Olivares C.I: V-11.059.275
SALARIOS
El Salario
Real:
Es el salario teniendo en
cuenta la capacidad adquisitiva del salario nominal en relación con salarios
anteriores, normalmente referidos a otros años.
Es una forma de calcular el salario
descontando la inflación, para reflejar su verdadero poder adquisitivo. El
cálculo del salario real permite conocer mejor el nivel en que se encuentran
los salarios nominales. Si una persona gana 1000 pesos por mes y existe una
inflación de 2% anual de los bienes que compra, al final del año su salario
real se habrá reducido un 2%, aunque el salario nominal siga siendo el mismo:
con el mismo salario se pueden comprar menos bienes.
El Salario
Mínimo:
Es la remuneración mínima
establecida legalmente en un país o territorio para cada periodo laboral (hora,
día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores.
El Salario
Base:
Dinero que percibe una
persona por su trabajo sin considerar ciertas cantidades añadidas, como primas
o pluses. se define como la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra,
supone el grueso principal del sueldo del trabajador y sobre el se calculan los
complementos salariales y la cotización del paro. A la parte fija de la
remuneración de los trabajadores, sobre dicha base se suelen calcular las
remuneraciones adicionales u otros complementos salariales antigüedad
-trienios-, peligrosidad, productividad, comisiones, etc.
El Salario
Complementario:
Es un complemento a los
ingresos mensuales que perciben los trabajadores que generan su propio trabajo
para sobrevivir.
El Salario
Integral:
Es la remuneración pactada en forma
voluntaria que deberá ser mayor a 10 Salarios Mínimos Mensuales Legales más el
30% como mínimo correspondiente al factor prestacional.
El Salario
Nominal:
Es el salario expresado según el valor
del dinero en un momento dado, sin hacer referencia alguna al nivel de
precios.
El Salario
Social:
Es el que se recibe de la
administración cuando se está sin trabajo y se tienen un mínimo nivel económico
o ingresos muy bajos o nulos. Se trata de una prestación económica periódica
que garantiza, a las personas que carecen de recursos económicos suficientes
para cubrir sus necesidades básicas, el complemento de sus ingresos hasta unos
límites que en cada caso son calculados según el tamaño de la unidad económica
de convivencia independiente.
Salario
Según la Ley de Trabajo
Salario. Ley Orgánica del Trabajo, los
Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) Artículo 104.
“Se
entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación
o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que
corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio y,
entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación
en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como
recargos por días feriados, horas extraordinarias o trabajo nocturno,
alimentación y vivienda.
Los
subsidios o facilidades que el patrono o patrona otorgue al trabajador o
trabajadora, con el propósito de que éste o ésta obtenga bienes y servicios que
le permitan mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter
salarial.
A los
fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por
el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de
su servicio.
Quedan por
tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las
derivadas de la prestaciones sociales y las que esta Ley considere que no
tienen carácter salarial.
Para la estimación
del salario normal ninguno de los conceptos que lo conforman producirá efectos
sobre sí mismo”.
Sin mas a que hacer referencia, atento a sus comentarios. me despido.
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