lunes, 14 de mayo de 2018

Conceptos de Salariaos


Buenos Días,
Estimada:

Prof. Mundarain Vestalia 

Ante todo reciba un cordial saludo,
Por medio de la presente le hacemos llegar en anexo Conceptos de Salariaos según la Ley de Trabajo.
Carrera: Relaciones Industriales 
Materia: Administracion de Nomina
Sección: 035NA
Integrantes:
Angel Quesada C.I: V-20.782.277
Norka Olivares C.I: V-11.059.275

SALARIOS 



El Salario Real:

            Es el salario teniendo en cuenta la capacidad adquisitiva del salario nominal en relación con salarios anteriores, normalmente referidos a otros años.

            Es una forma de calcular el salario descontando la inflación, para reflejar su verdadero poder adquisitivo. El cálculo del salario real permite conocer mejor el nivel en que se encuentran los salarios nominales. Si una persona gana 1000 pesos por mes y existe una inflación de 2% anual de los bienes que compra, al final del año su salario real se habrá reducido un 2%, aunque el salario nominal siga siendo el mismo: con el mismo salario se pueden comprar menos bienes.

El Salario Mínimo:

            Es la remuneración mínima establecida legalmente en un país o territorio para cada periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores.

El Salario Base:

            Dinero que percibe una persona por su trabajo sin considerar ciertas cantidades añadidas, como primas o pluses. se define como la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, supone el grueso principal del sueldo del trabajador y sobre el se calculan los complementos salariales y la cotización del paro. A la parte fija de la remuneración de los trabajadores, sobre dicha base se suelen calcular las remuneraciones adicionales u otros complementos salariales antigüedad -trienios-, peligrosidad, productividad, comisiones, etc.

El Salario Complementario:

            Es un complemento a los ingresos mensuales que perciben los trabajadores que generan su propio trabajo para sobrevivir.

El Salario Integral:

            Es la remuneración pactada en forma voluntaria que deberá ser mayor a 10 Salarios Mínimos Mensuales Legales más el 30% como mínimo correspondiente al factor prestacional.​


El Salario Nominal:

            Es el salario expresado según el valor del dinero en un momento dado, sin hacer referencia alguna al nivel de precios.​

El Salario Social:

            Es el que se recibe de la administración cuando se está sin trabajo y se tienen un mínimo nivel económico o ingresos muy bajos o nulos. Se trata de una prestación económica periódica que garantiza, a las personas que carecen de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, el complemento de sus ingresos hasta unos límites que en cada caso son calculados según el tamaño de la unidad económica de convivencia independiente.

Salario Según la Ley de Trabajo

Salario. Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) Artículo 104.

“Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extraordinarias o trabajo nocturno, alimentación y vivienda.

Los subsidios o facilidades que el patrono o patrona otorgue al trabajador o trabajadora, con el propósito de que éste o ésta obtenga bienes y servicios que le permitan mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter salarial.

A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de su servicio.

Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestaciones sociales y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial.

Para la estimación del salario normal ninguno de los conceptos que lo conforman producirá efectos sobre sí mismo”.


Sin mas a que hacer referencia, atento a sus comentarios. me despido.  


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